Un peruano captaba en Tacna a extranjeros y los ingresaba en forma ilegal a nuestro país.
CAPTURA
Un fallo emitido a fines de 2015 por el Juzgado de Garantía de Arica confirmó la prisión preventiva para un ciudadano peruano con domicilio en Alto Hospicio, detenido por la PDI en reiteradas oportunidades por cruzar la frontera Chile-Perú en forma clandestina e ingresar extranjeros ilegales al país, a través de la línea del Ferrocarril Tacna-Arica.
El extranjero, identificado con las iniciales L.M.S.E., de 36 años, antes de ir a la cárcel, cumplía una pena de 541 días con el beneficio de la remisión condicional, como autor del delito consumado de tráfico de migrantes, por hechos ocurridos el 24 de septiembre pasado.
El sujeto fue capturado por última vez, en el mismo lugar de la frontera, el 21 de diciembre, en compañía de un ciudadano dominicano, quien posteriormente lo reconocería, en audiencia de prueba anticipada, como la persona que lo introdujo clandestinamente al país, a cambio de un pago concertado de 200 dólares, de los cuales solo le habría alcanzado a cancelar 30.
El “coyote” -encargado de cruzar ilegales por pasos no habilitados- era solicitado telefónicamente desde el terminal terrestre de Tacna por un “jalador” que captaba a los extranjeros con intenciones de ingresar al país de modo ilegal.
En los registros del Departamento de Extranjería y Policía Internacional, el peruano figuraba con una expulsión del territorio nacional e ingresos clandestinos en al menos tres ocasiones durante el segundo semestre de 2015.
El jefe de Extranjería de la PDI, subprefecto Christian Villalobos Gatica, señaló que “el delito de tráfico de migrantes -junto a la trata de personas, el tráfico de drogas y armas- es uno de los ilícitos más lucrativos a nivel mundial. De ahí, la importancia de combatir con todos nuestros medios a las organizaciones transnacionales que participan en estas actividades delictivas”.
El delito de tráfico de migrantes, contemplado en el artículo 411 bis del Código Penal, castiga con reclusión menor en su grado medio a máximo y multa de hasta 4,5 millones de pesos al “que con ánimo de lucro facilite o promueva la entrada ilegal al país de una persona que no sea nacional o residente”.