Presidente del Consejo Regional debe cesar en el cargo por falta de probidad.
El Tribunal Electoral Regional acogió el requerimiento presentado por el consejero regional, Raúl Castro Letelier, en contra del consejero David Zapata Valenzuela, de cesación en dicho cargo, por falta de probidad.
El fallo del TER está contenido en la causa rol 270- 315-C y lleva como material “Requerimiento de Implicancia de Consejero Regional”, cuyo juicio se inició el 19 de junio del 2015.
El requerimiento contra Zapata se basó en que éste último se encontraba inhabilitado para ejercer el cargo de consejero regional por detentar simultáneamente la calidad de subalterno del Intendente Regional, en consecuencias que debe precisamente fiscalizar el desempeño de este último como órgano ejecutivo del Gobierno Regional.
La sentencia expresa que “se acoge el requerimiento de cesación en el cargo por haber contravenido en una contravensión grave al principio de la probidad administrativa, razón por la cual se procede a acoger el presente requerimiento, rechazándose en lo demás.”
Agrega que “en conocimiento de lo anterior, se declara el cese de don David Zapata Valenzuela en el cargo de consejero regional de Arica y Parinacota, debiendo terminar además este último en el desempeño de su cargo de presidente del Consejo Regional respectivo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 113 de la Constitución Política de la República y 30 bis de la Ley Nº 19.175”.
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