LO QUE SE DEBE SABER SOBRE LA LEY
(Capítulo 3)

¿Qué establecimientos educacionales deberán incorporar el Plan de Formación Ciudadana?
Todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán incluir en los niveles de enseñanza que impartan –parvularia, básica y/o media— un Plan de Formación Ciudadana.

¿Qué debe considerar el plan?
El Plan de Formación Ciudadana debe integrar y complementar las definiciones curriculares nacionales para brindar a los estudiantes la preparación necesaria en este ámbito.
Se trata de que los estudiantes reciban los contenidos necesarios para asumir una vida responsable en una sociedad libre y dé orientación hacia el mejoramiento integral de la persona humana, como fundamento del sistema democrático, la justicia social y el progreso.

¿Hacia dónde apunta el plan de formación ciudadana?

Hacia la formación de ciudadanos, con valores y conocimientos que fomenten el desarrollo del país, con una visión del mundo centrada en el ser humano, como parte de un entorno natural y social.

¿Cómo se hará entrega de esos contenidos en la educación Parvularia?
Se hará de acuerdo a las características de los alumnos, por ejemplo, a través del juego.

¿Cuáles son los objetivos del plan?

Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella en una sociedad democrática.
Fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa.
Promover el conocimiento, comprensión y análisis del Estado de Derecho y de la institucionalidad local, regional y nacional.
Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los estudiantes con los derechos humanos, con especial énfasis en los derechos del niño.
Fomentar en los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país.
Fomentar la participación de los estudiantes en temas de interés público.
Garantizar el desarrollo de una cultura democrática y ética en la escuela.
Fomentar una cultura de la transparencia y la probidad.
Fomentar en los estudiantes la tolerancia y el pluralismo.
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¿Qué elementos debe considerar el plan?

Debe considerar acciones concretas para el cumplimiento de los objetivos. Ello incluye una planificación curricular que incluya los contenidos en las diversas asignaturas; talleres y actividades extraprogramáticas; formación de docentes y directivos; actividades de apertura del establecimiento a la comunidad; promoción a través de actividades de una cultura de diálogo y sana convivencia escolar; estrategias para fomentar la representación y participación de los estudiantes y otras que el sostenedor y la comunidad educativa consideren pertinentes.

¿Qué libertad tiene el sostenedor para definir el plan?

Cada sostenedor podrá fijar el contenido del plan de formación ciudadana, pero sobre la base de lo que dispone la ley y las bases curriculares aprobadas por el Consejo Nacional de Educación.

¿El plan de cada establecimiento debe ser público?
Sí, el director del establecimiento lo dará a conocer a comienzos de cada año al Consejo Escolar y consultará con éste las modificaciones que deban hacerse para perfeccionarlo.
El Ministerio de Educación debe apoyar a los establecimientos que lo soliciten para el desarrollo de los planes.

¿Debe haber una asignatura de Educación Cívica?
El Ministerio de Educación a más tardar durante el año 2017, presentará al Consejo Nacional de Educación una propuesta para incorporar la asignatura de Formación Ciudadana al Plan de estudios de 3° y 4° año de la enseñanza media.