Estamos en plena temporada de vacaciones, época del año donde aumenta la contratación de servicios turísticos en general. En este sentido, es importante recordar que la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), establece un marco que beneficia tanto a los ciudadanos chilenos como extranjeros.
Los consumidores tienen derecho a recibir productos y servicios de calidad; a que informen los precios; a que se respete lo ofrecido y se cumpla lo prometido.
Asimismo, las personas tienen derecho a que los productos y servicios no arriesguen su seguridad; a la garantía legal en caso de que vengan defectuoso; y a que la empresa responda si no hace bien su trabajo.
Al contratar servicios turísticos, además de los derechos mencionados anteriormente, recordar que, si una persona lo hace a través de una agencia de viajes, ésta debe responder directamente frente al consumidor, aunque haya actuado como intermediaria de otros proveedores.
Las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el servicio sea seguro, lo que incluye, por ejemplo, contar con todos los permisos del vehículo si el viaje es en bus. Si un proveedor no cumple lo ofrecido, entrega un servicio de mala calidad o inseguro, los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todo el daño causado, desde el costo del viaje si no se realizó hasta las molestias sufridas.
Al momento de contratar servicios turísticos, es importante que los consumidores tomen en cuenta una serie de recomendaciones, siendo la principal, hacerlo sólo con empresas del comercio establecido y solicitar siempre la boleta; exigir que todas las promesas queden por escrito; y guardar los soportes publicitarios, en caso de cualquier incumplimiento.
Si el usuario viaja en bus, las empresas tienen la obligación de prestar servicios en condiciones de
seguridad, lo que implica realizar los traslados a las velocidades autorizadas y a tomar todas las medidas para que ni los pasajeros ni sus bienes sufran daños.
Por otro lado, las condiciones acordadas deben ser respetadas. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino; los consumidores tienen derecho a no ser víctima de sobreventa de pasajes; y si una persona anula con 4 o más horas de anticipación su viaje, la empresa está obligada a devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje.
Rosa Cortés
Directora Regional del Sernac
Región Arica y Parinacota
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