Muchas familias se toman sus merecidas vacaciones. Por esto, es importante dar a conocer una serie de recomendaciones para disfrutar de un verano tranquilo.
La principal recomendación es exigir un contrato por escrito donde queden registradas todas las promesas efectuadas por el proveedor. Cabe recordar además que todo aquello ofrecido en la publicidad del arriendo, tiene que estar incorporado en el contrato.
De esta forma los consumidores podrán exigir que le entreguen la información relevante sobre la propiedad, ubicación y características y que todo lo ofrecido se cumpla.
Además, contratando en el comercio establecido podrá reclamar ante cualquier incumplimiento y exigir las indemnizaciones que correspondan.
En caso de algún incumplimiento, los consumidores pueden recurrir al SERNAC o exigir que las empresas respondan ante tribunales.
Según los registros que este Servicio tiene, durante el año 2016 recibió 378 reclamos por incumplimientos de arriendos en el verano. Por esto en el caso de los alquileres por temporada, se aplican todos los derechos contemplados en la Ley del Consumidor, vale decir, se tiene que respetar el contrato.
Por ello entre las recomendaciones al momento de firmar un contrato:
• Trate en lo posible de visitar la propiedad, en caso de no ser posible, verifique que ésta exista antes de realizar cualquier pago anticipado, por ejemplo, averiguando que el domicilio sea real, buscando recomendaciones del lugar, entre otros.
• Recurra a corredoras con domicilio y representantes identificables, e idealmente, que estén suscritas a alguna de las asociaciones de corredores de propiedades.
Si se va a quedar en un hostal u hotel, tome en cuenta algunas recomendaciones, entre ellas:
Elegir un lugar establecido y cerciorarse que tenga patente municipal, porque a su vez contarían con la autorización sanitaria correspondiente, de lo contrario no podrían funcionar.
Estos recintos deben cumplir con los requisitos mínimos que exige el “Reglamento de Hoteles y Establecimientos Similares” del Ministerio de Salud. Algunas de estas normas le pueden servir para elegir:
• Estos establecimientos deben mantenerse en óptimas condiciones de limpieza. Debe hacerse un aseo una vez al día, como mínimo.
• La presentación general y estado estructural de las dependencias debe mantenerse en buenas condiciones (pintura, vidrios, pisos, etc.)
• Los artefactos sanitarios deben estar en perfecto estado de limpieza y funcionamiento, con el objeto de prevenir todo peligro para la salud de los usuarios, así como evitar que se produzcan malos olores.
¿Qué sucede con las estafas?
La Ley del Consumidor tiene alcance para las relaciones de consumo entre un consumidor final y una empresa.
Por ende, si un consumidor contrata un servicio a otra persona en forma particular, esto es, sin que exista habitualidad en el arrendamiento de casas por parte de ella, no podrá exigir que sus derechos sean respetados en caso de incumplimiento a través de esta normativa.
Hay que recordar que la Ley puede hacerse cargo del incumplimiento de las empresas, pero no tiene alcance para quienes se dedican al negocio del engaño.
En caso de estafa, los afectados deben hacer la denuncia ante la PDI y Fiscalía para que persigan estos hechos.
Rosa Cortez Contreras
Directora Regional de Arica y Parinacota.
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