El nuevo Plan Regulador propone la creación de una nueva área urbana para los valles de Azapa y Lluta, lo que establece un sector para su futuro crecimiento que se traduciría en espacios de expansión orientados a usos preferentemente residenciales.
El anteproyecto de Plan Regulador Comunal (PRC), que en julio y agosto de 2019 será analizado por el Concejo Municipal de Arica, entre otros temas, propone la creación de una nueva área urbana para los valles de Azapa y Lluta, lo que establece un sector para su futuro crecimiento que se traduciría en espacios de expansión orientados a usos preferentemente residenciales.
La propuesta elaborada por la Comisión Técnica del PRC, es parte de un Plan Integral de Regulación del Territorio Urbano que proyecta a una visión planificada de crecimiento de la comuna, en virtud de mejorar a mediano y largo plazo las condicionantes de integración socio comunitarias, urbanísticas y económicas de estos valles.
AREA URBANA
En San Miguel de Azapa se define una nueva área urbana, que aumentaría su superficie vigente de 24,1 a 67,4 hectáreas, lo que representa un incremento de 43,3 hectáreas. Esta nueva superficie urbana es planteada tanto al oriente como al poniente de la actual localidad, manteniendo como límite sur a la ruta A-27.
En la localidad de Poconchile del valle de Lluta, la propuesta señala la creación de una nueva área urbana que alcanzaría las 45,9 hectáreas, e incorporaría la totalidad de la localidad, estableciendo un área para su futuro crecimiento, en ambos costados de la ruta 11CH, incluyendo el sector de la Estación y el loteo residencial existente al poniente de la ruta A-143.
En la propuesta del ante proyecto del PRC ambas localidades suman una superficie urbana de 113,2 hectáreas, de las que San Miguel representa el 59,5 por ciento, mientras que Poconchile el 40,5 por ciento restante.
Una vez analizadas las observaciones que la comunidad por escrito le hizo a la propuesta antes descrita, el Concejo Municipal votará a mano alzada si está de acuerdo con éstas o si se inclina a favor de las propuestas expuestas por la Comisión Técnica del Plan Regulador Comunal. Este proceso se definirá por mayoría simple, es decir, la postura que supera por un voto a la opuesta definirá si el ante proyecto del PRC debe ser modificado o ratificado con respecto a la materia impugnada.
Cabe destacar que en caso de que el Concejo Municipal decida aprobar modificaciones al Plan Regulador Comunal, éstas no deben implicar nuevos gravámenes o afectaciones desconocidas por la comunidad.
Una vez aprobado por el Concejo Municipal, el anteproyecto de Plan Regulador debe obtener el informe favorable de parte de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo; luego debe ser aprobado por el Consejo Regional y finalmente la Contraloría General de la República debe evacuar la resolución aprobatoria para que el PRC sea publicado en el diario Oficial.
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