El pasado 22 de mayo fue publicada la Ordenanza municipal que establece la “Distancia mínima entre las personas que deban ingresar a recintos públicos o privados en el contexto de la Pandemia por Coronavirus” y que comenzará a regir este próximo viernes 29 de mayo.
Esta medida, que busca prevenir el contagio y por consiguiente proteger la salud de los ariqueños, fue ampliamente detallada en la reunión sostenida por la Dirección de Turismo del municipio y representantes de bancos, grandes tiendas y del comercio en general, donde se explicaron los alcances de la normativa que regirá en los lugares públicos o privados donde se aglomeren más de 10 personas.
A la video conferencia asistieron alrededor de 40 representantes del comercio ariqueño, quienes aclararon sus inquietudes y realizaron las coordinaciones para concretar la instalación de los adhesivos que indicarán la distancia entre personas de 1,5 metros.
En lo que refiere al casco antiguo de la ciudad, dado su carácter patrimonial y turístico que supone el resguardo de su estética, los dueños, administradores, jefes de oficina o de servicios públicos, deberán establecer demarcaciones adhesivas en los paseos o vías compuestas de baldosas y que cumplan con la línea gráfica propuesta por la Ordenanza.
Para aquellos recintos que atiendan fuera del perímetro del casco antiguo, no es obligación seguir la línea gráfica de las demarcaciones adhesivas, pero deberán seguir las instrucciones de distancia y extensión indicadas en la presente Ordenanza.
El perímetro que comprende el casco antiguo es calle José Victorino Lastarria por el norte, Máximo Lira por el oeste, Héroes del Morro por el sur y calle Vicuña Mackenna.
ESPECIFICACIONES
Si el recinto genera filas de más de 10 personas habitualmente (dos o más veces a la semana), deberá instalar demarcaciones adhesivas, cuyo formato también estará en www.muniarica.cl
Los administradores de los recintos deberán velar por el respeto de la distancia de 1.5 metros en la fila y que esta no impida el tránsito de personas o el acceso a otros locales. En caso de personas embarazadas y de tercera edad, se debe gestionar su acceso expedito.
Cada recinto cuente con un funcionario encargado de velar por el cumplimiento de la distancia mínima de 1,5 metros en la fila y de la ubicación de esta para que no obstaculice el tránsito de personas.
Además, los recintos que atiendan público deberán tener un afiche informativo sobre las medidas de esta ordenanza, el cual estará disponible en www.muniarica.cl.
DE LAS MULTAS
Las empresas o instituciones financieras que no cumplan con la normativa vigente, se arriesgan a multas que van desde 0,5 a 5 UTM (Unidad Tributaria Mensual), independiente a los procedimientos que haga los Juzgados de Policía Local.
Las multas pueden ser aplicadas tanto a los infractores de la distancia como a los administradores de recintos
Las fiscalizaciones para el cumplimiento de la Ordenanza estarán a cargo de los inspectores municipales, y la Dirección de Turismo cumplirá el rol de coordinar la correcta instalación de los adhesivos por parte de las empresas.
Para aquellas personas que no deseen respetar las distancias, debe realizar la denuncia al número (58)2386722 en horario de trabajo de la Municipalidad.
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