Dado los niveles de endeudamiento de las chilenas y chilenos en nuestro sistema, ya sea por el masivo acceso a créditos, pero que luego no tienen cómo responder, o por el sobreendeudamiento, especialmente en tiempos de crisis económica, el senador por la región de Arica y Parinacota, José Miguel Insulza, abordó el tema, pero mirado desde el punto de vista de los adultos mayores.
Según el último informe de endeudamiento, las personas mayores tienen uno de los índices más altos de endeudamiento. Ante esta situación, el parlamentario recordó que esa fue la razón por la que “se modificó la ley de quiebras, incluyendo a las personas naturales, con un procedimiento flexible que permite la renegociación de las deudas con los acreedores para alcanzar una solución y alternativa antes de llevar estos temas a tribunales, junto con los costos asociados a ello”, explicó.
Sin embargo, continuó, “para acceder a este procedimiento hay una barrera de entrada de aproximadamente $2 millones 200 mil (80 UF), en consecuencia deja afuera a una gran cantidad de adultos mayores, considerando los bajos montos que ellos perciben por sus pensiones”.
El legislador socialista advirtió asimismo que “los adultos mayores se encuentran en una situación financiera más vulnerable que el resto de las personas, con condiciones que hacen que sus deudas lleguen a ser insuperables, no tienen otros ingresos que sus pensiones”. Por esta razón, recalcó Insulza, “en el Congreso estamos trabajando en una modificación a la ley que fue aprobada y despachada a la Cámara, para facilitar el acceso a las personas mayores a este procedimiento, rebajando el monto mínimo para acogerse a esta ley, como el valor a pagar al liquidador”.
EL PROYECTO DE LEY

Dentro de las modificaciones a la ley 20.720 se encuentra la barrera para poder optar al procedimiento de renegociación. “Lo común es que si una persona tiene dos o más deudas vencidas por más de 90 días, el monto mínimo es de 80 unidades de fomento. Lo que se busca es que a las personas que tienen más de 60 años, sin distinción de sexo, puedan optar a este procedimiento desde las 40 unidades de fomento y que se encuentren en las circunstancias descritas en la norma”, señaló el senador.
El segundo aspecto que modifica este proyecto es lo relacionado con los honorarios que la propia ley fija para los liquidadores cuando en esta instancia administrativa no se logra acuerdo. Sobre este punto, el legislador señaló que en este caso “los honorarios de dicho agente son fijados por la ley y ascienden a 30 unidades de fomento, cualquiera sea la cuantía de lo adeudado, pero este proyecto rebaja dichos honorarios a la mitad, esto es, a 15 unidades de fomento, cuando se trata de deudores que tengan más de 60 años”, subrayó.