La Sala del Senado dio inicio al debate de la reforma constitucional que establece el segundo retiro de AFP y que es de iniciativa parlamentaria. Tras el término de la orden del día y, según el acuerdo adoptado por los Comités, la discusión continuará mañana jueves 26 de noviembre, en la sesión especial convocada para tal efecto.
Cabe recordar que mañana jueves 26 de noviembre también se encuentra en tabla, el proyecto sobre retiro único del Ejecutivo.
Durante el debate intervinieron los diversos senadores asistentes, entregando desde sus perspectivas sus puntos de vista sobre la materia.
El senador José Miguel Durana precisó que “un grupo de parlamentarios quiere transformar el retiro de las AFP como algo permanente bajo el objetivo de terminar con este sistema de ahorro”. Nuestro objetivo debiera ser mejorar las pensiones”, por eso respaldo el proyecto del gobierno que es constitucional”.
Por su parte, el senador José Miguel Insulza, señaló que “los trabajadores y trabajadoras han tenido que soportar casi todo el peso de la crisis sanitaria y social y, con este segundo retiro, aportarían más de 35 mil millones de pesos, más de lo que ha aportado en forma directa el gobierno”. dijo.
La Ministra del Trabajo, María José Zaldívar, dio cuenta de los procedimientos para legislar bajo las reglas de la Constitución y señaló que “se está haciendo una reforma constitucional por una vía distinta y que pasa por sobre las facultades presidenciales, en materia de seguridad social, tributos y gasto público”.
A su turno, el Ministro de Hacienda, Ignacio Briones, desestimó las críticas opositoras respecto a la falta de medidas y de políticas públicas y recordó que “el Fogape movilizó cifras inéditas y eso no quiere decir que no lo reforcemos. El IFE que mejoramos llegó a 8 millones de chilenos y también hicimos esfuerzos con préstamos para la clase media”.
LA REFORMA CONSTITUCIONAL
Algunos de los aspectos fundamentales de la reforma constitucional son:
Permite sacar de manera universal hasta un 10% de los fondos de pensiones, poniendo como mínimo 35 UF (un millón) y máximo 150 UF (4,3 millones de pesos). En caso de que el afiliado tenga ahorrado un monto menor a 35 UF, podrá retirar la totalidad de sus fondos y no pagará impuestos.
Se establece como fecha límite de pago 15 días hábiles desde realizada la solicitud, pese a que el texto original proponía 30 días hábiles. Dicho pago deberá efectuarse en una sola cuota.
Se dispone que las AFP no realicen discriminaciones arbitrarias, especialmente en el caso específico de personas que se sometieron al cambio registral de identidad.
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