En la actual Constitución existe un Vacío Legal el que, de no subsanarse antes de la elección del próximo 11 de abril, podría tener graves consecuencias para el Proceso de una Nueva Constitución para Chile.
En efecto, este vacío legal se encuentra en el art. 137, el que dispone que la Convención Constituyente deberá redactar y aprobar una Propuesta de Texto de Nueva Constitución en el plazo máximo de 9 meses, el que podrá prorrogarse por una sola vez por 3 meses, pero nada dice si la Convención Constituyente no logra, dentro de ese plazo, acuerdo para aprobar el Texto de la Nueva Constitución.
La situación planteada es perfectamente posible de dar, toda vez que existen sectores que no están dispuestos a dialogar ni a ceder ni un ápice en sus convicciones doctrinarias y dogmáticas.
Este vacío legal debe resolverse con una Nueva Reforma a la Constitución, aprobada antes de la Elección de los Convencionales, en la que expresamente se señale que de no lograrse acuerdo en su texto continuará vigente la actual Constitución. Situación similar se encuentra resuelta en el artículo 142, referido al caso de ganar el rechazo en el Plebiscito de salida.
Al resolverse anticipadamente este Vacío Legal, permitirá conocer a la ciudadanía y a los Constituyentes los efectos que tendrá no lograr Acuerdo en el Texto de la Nueva Constitución.
Raúl Castro Letelier
Abogado
Candidato Constituyente Distrito 1
Arica y Parinacota
-
Categories
- Coronavirus (31)
- Deportes (44)
- Destacado (10.071)
- EDUCACIÓN CÍVICA (6)
- ExpoFosis (6)
- FCALP (5)
- GRÁFICAS NOTICIOSAS (2)
- Internacional (2.767)
- Nacional (9.215)
- Opinión (138)
- OVNI (158)
- Región (10.000)
- Sin categoría (111)
- Turisteando (4)
- VIH (20)
- Widgets (224)
-
Pages
-
Archives
- noviembre 2024 (53)
- octubre 2024 (95)
- septiembre 2024 (88)
- agosto 2024 (85)
- julio 2024 (87)
- junio 2024 (74)
- mayo 2024 (100)
- abril 2024 (101)
- marzo 2024 (85)
- febrero 2024 (46)
- enero 2024 (70)
- diciembre 2023 (56)