La Tercera Sala de la Corte Suprema ordenó reponer el agua potable y el alcantarillado cortados recientemente en el sector “Cerro Chuño” de Arica, en donde aún habitan unas 2.500 personas, a pesar
de que el año 2012 comenzó un programa estatal de erradicación, tras denuncias que llegaron hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que, incluso, significaron fallos condenatorios de la Corte Suprema en contra de las autoridades del año 2014.

La suspensión de los servicios básicos fue ordenada en enero pasado por el director regional del SERVIU, Fernando Meza, a la empresa Aguas del Altiplano como medida de presión para proseguir con los esfuerzos por erradicar completamente esa área ubicada casi en el centro geográfico de la ciudad de Arica.
Esta situación surge luego que el Ministerio de Vivienda desalojara a los propietarios originales de las viviendas, sin luego demolerlas, como ordenaba la ley y otras familias sin techo se allegaron en las construcciones abandonadas. En el lugar también se refugiaron grupos de migrantes, manteniéndose hasta ahora un enclave de familias vulnerables “que no tienen otra opción que quedarse allí, a pesar de la contaminación, ya que no existe para ellos ninguna alternativa de vivienda. El gobierno los empuja a vivir en la calle o en otro de los numerosos campamentos precarios o ‘tomas’ que han aparecido en los últimos años en Arica”.
Así lo explica la abogada de Derechos Humanos Josefina Prado Tejerina, responsable de los recursos presentados ante la Corte de Apelaciones de Arica y Corte Suprema.
TRAGEDIA
“Este es una tragedia que muestra que aún puede añadirse algo peor a la incapacidad de completar un proceso de erradicación financiado y respaldado por una ley especial. Esto sucede a 37 años de que el Estado a través de la empresa PROMEL, recibiera a cambio de una suma multimillonaria, residuos tóxicos que no fueron tratados y abandonados en medio de la ciudad, y a casi 20 años de promulgarse la Ley de Polimetales para Arica”, remarcó la jurista.
La profesional asesora a la Organización Social y Cultural “Los Peregrinos” y el comité de allegados “Fuerza de Vida” que presiden Juana Araya y Ana Araya, respectivamente, y que agrupan a los actuales residentes de las viviendas desechadas y que exigen a las autoridades medidas más efectivas y humanitarias, que tomen en cuenta el drama social de los allegados, situación agravada por la pandemia del coronavirus- COVID-19
Esta ciudad está en cuarentena por la alta incidencia de casos pues, hasta el momento, lleva registrados 20.326 contagios y 399 muertes, en una región de 250 mil habitantes.
ESTANQUES

La única medida paliativa del SERVIU, ante el corte del agua potable y alcantarillado, fue celebrar un convenio con “Caritas Chile” por más de 58 millones de pesos, para dotar de agua a ese sector poblacional a través de estanques, algo que se realizó a medias, provocando aglomeraciones en esa distribución callejera insalubre que son focos de contagio y que además, es insuficiente para cubrir las necesidades diarias. “Esto es impresentable en cualquier momento del siglo XXI en Chile, más aún en una emergencia sanitaria mundial”, reflexiona la abogada.
DESALOJO FRUSTRADO
Ante la ocupación poblacional de “Cerro Chuño” las autoridades no han logrado salvar el problema definitivamente, a pesar que el año 2017 el mismo SERVIU intentara un desalojo ejecutivo, lo que fue paralizado luego que se acogiera otro recurso de protección acogido por los tribunales. Posteriormente el servicio de vivienda activó un Plan de Retiro Voluntario, con diversos incentivos para los vecinos tales como la asignación de subsidios de arriendo de 200 mil pesos por un año o un bono único de traslado de 600 mil pesos, lo que tampoco ha resultado, debido a que la gran mayoría de la población no puede cumplir con los requisitos impuestos y que además dichos incentivos no resuelven el problema del acceso a la vivienda.
MEDIDA DE PRESIÓN
El corte de suministro de agua y alcantarillado, fue una medida de presión de SERVIU para obligar a los/as pobladores a retirarse del sector, rayando en la “autotutela” prohibida en el ordenamiento jurídico chileno.
“El Estado tiene la obligación de reparar el daño causado, responder a las necesidades de vivienda de los/as sin techo, a través de medidas eficientes y profundas que pongan en primer lugar el respeto irrestricto a los Derechos Fundamentales y Derechos Humanos, considerando además la situación de pandemia global”.
Sucede que los problemas sociales siempre son complejos y más aún cuando se juntan pobreza, marginalidad, interculturalidad, autoridades con enormes deficiencias y una catástrofe como la pandemia actual”, reflexiona la abogada Josefina Prado Tejerina, al explicar que la erradicación del contaminado “Cerro Chuño” no puede abordarse superficialmente. Para ella, “si no hay una acción estatal eficaz, en que se unan recursos suficientes y decisiones sensatas tomadas en conjunto con la comunidad, desde un enfoque de derechos humanos, no habrá solución; sin tratar a nuestros vecinos y vecinas como personas con dignidad, no hay solución justa que sea posible”.
Respecto de la sentencia del máximo tribunal señaló que “el fallo de la Corte Suprema viene a poner las cosas en su sitio, los servicios del Estado no están por sobre la Constitución y los tratados internacionales; por el contrario, legalmente tienen la obligación de proteger los derechos de las personas, no vulnerarlos, cuestión que este gobierno en particular, parece no entender. Los derechos humanos no son discursos de buena voluntad, son ley en nuestro país” concluyó.