El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a C.F.P.V. a la pena única de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor de 14 años y del delito consumado de abuso sexual agravado de menor de edad. Los ilícitos fueron perpetrados en 2018, en la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Fabiola Collao Contreras (presidenta), Eduardo Rodríguez Muñoz (redactor) y Mario Reyes Trommer– aplicó, además, a C.F.P.V. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el tribunal impuso al sentenciado la pena especial de interdicción del derecho de ejercer la guarda y de ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad; más la privación de la patria potestad de la menor, si la tuviere, o inhabilitado para obtenerla, si no la tuviere, y de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confirieren respecto de la persona y bienes de la ofendida, de sus ascendientes y descendientes.
“Si el condenado es, además, una de las personas llamadas por ley a dar su autorización para que la víctima salga del país, se prescindirá en lo sucesivo de aquélla. Sin perjuicio de lo anterior, el sentenciado conservará todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de la víctima o de sus descendientes”, añade la sentencia.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en un periodo comprendido durante 2018, el imputado aprovechaba las ocasiones en que se quedaba a solas con su hija, en ese entonces de 10 años de edad, para realizarle tocaciones de significación sexual y de relevancia en la zona genital de la menor, correspondiendo la última agresión a diciembre de 2018, ocasión en que, nuevamente, le efectuó tocaciones a su hija, cuando la menor se encontraba viendo televisión.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.