En el marco del Plan Calles Protegidas y ad portas de un nuevo año escolar, la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones realizó un llamado a los padres, apoderados y tutores a contratar servicios de transporte escolar autorizados por el MTT.
En ese sentido, la entidad gubernamental explicó además que el conductor y acompañante –en el caso que sea necesario- no pueden estar en el Registro de Personas Inhabilitadas para Trabajar con Menores de Edad.

CÓMO CHEQUEAR
Para revisar si la empresa de transporte y el vehículo está autorizado, la personas puede ingresar a www.mtt.cl o www.fiscalizacion.cl; además desde el portal del registro civil o directamente en https://inhabilidades.srcei.cl/ConsInhab/consultaInhabilidad.do podrá verificar que el conductor o conductora del transporte escolar –y acompañante- no esté dentro de las 253 personas inhabilitadas que registra la región para trabajar con menores de edad.
FISCALIZACIÓN
Este año circularán 386 vehículos de Transporte Escolar en Arica y Parinacota, los cuales están debidamente inscritos en el Registro Nacional de Transporte Escolar (Renastre). El equipo del Programa Nacional de Fiscalización ya está preparado para comenzar con los controles.
Entre los aspectos que se fiscalizan está la documentación obligatoria:
• El vehículo deba tener su documentación vigente y al día: certificado de inscripción en el RENASTRE, revisión técnica, certificado en emisiones contaminantes, permiso de circulación y seguro obligatorio.
• La documentación debe portarse en el vehículo. En el caso del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Transporte Escolar, debe informarse el o los nombres de los conductores autorizados, así como la identificación de los acompañantes adultos en caso que se traslade a más de cinco niños de pre-básica.
• El vehículo de transporte escolar debe contar con cinturón de seguridad si el año de fabricación es del 2007 en adelante y NO NECESARIAMENTE DEBE SER COLOR AMARILLO, ya que también están permitidos los de color blanco y otros colores, dependiendo del peso bruto que tenga el vehículo.
• Debe estar identificado con un letrero que diga “Escolares”, ubicado en el techo del vehículo, o en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores y también en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo, en ambos costados (dependiendo del peso bruto vehicular).
• Debe poseer una luz estroboscópica sobre la parte trasera del techo o bien una cinta retro reflectante alrededor del vehículo debajo de las ventanas (dependiendo del peso bruto vehicular).
• La capacidad máxima de niños que puede transportar debe estar indicada al interior del vehículo y no deberá exceder a lo señalado en el Certificado de Revisión Técnica.
• Todos los asientos deben ir mirando hacia adelante.
• La antigüedad máxima para los vehículos es de 16 años (en las regiones XV, I y XII es de 18 años). En vehículos de transporte escolar que presten servicios a localidades rurales, la antigüedad máxima permitida es de 18 o 22 años, dependiendo del pesaje del automóvil.
• El conductor debe poseer y portar licencia profesional clase A1 (ley 18.290 antigua) o clase A3 (ley 19.495 o ley 19.710).
• En un lugar visible, al interior del vehículo, debe portar una tarjeta identificadora con fotografía y datos personales del conductor.
Si quieres informarse más acerca del transporte escolar CONASET tiene un espacio en su página web donde puede aclarar sus consultas: https://www.conaset.cl/transporte-escolar/ y en caso de identificar una infracción puede hacer la denuncia en: http://www.fiscalizacion.cl/ en la sección control ciudadano.