Con el objetivo de terminar definitivamente con el envío de los mensajes promocionales a aquellos consumidores que hayan realizado previamente una solicitud a la empresa o al SERNAC a través de la plataforma “No Molestar”, el Servicio inició una mesa de trabajo con las cuatro principales compañías de telecomunicaciones del país.
A esta mesa fueron convocadas las empresas Claro-VTR, Telefónica, Entel y Wom, las compañías más relevantes considerando el número de suscriptores y abonados, y que además presentan los niveles más altos de incumplimiento tras las solicitudes de los consumidores.
El director nacional del SERNAC, Andrés Herrera, explicó que a través de esta mesa se busca disminuir las brechas respecto del nivel de cumplimiento de la Ley del Consumidor y mejorar el estándar de comportamiento por parte de las empresas de telecomunicaciones.
“Esta mesa de trabajo público-privada tiene un propósito encontrar una solución a un problema que afecta a miles de consumidores en Chile en el menor plazo posible. La idea es lograr el término definitivo del envío de comunicaciones publicitarias o promocionales a través de llamadas telefónicas y mensajería de texto a aquellos consumidores que hayan solicitado previamente a la propia empresa o al SERNAC, a través de la plataforma No Molestar, la suspensión de los respectivos envíos”, recalcó la autoridad.
El director del SERNAC agregó que este tipo de instancias constituyen una herramienta complementaria a los mecanismos y facultades tradicionales que puede ejercer el Servicio, que permite también, abordar problemas complejos y fomentar la colaboración y la confianza entre el Estado y las empresas, pudiéndose alcanzar soluciones oportunas, efectivas y duraderas en beneficio de las y los consumidores del país.
Actualmente, el mercado de las telecomunicaciones concentra el 57% de las solicitudes de suspensión ingresadas en la plataforma de “No Molestar”, deriva de comunicaciones publicitarias o promocionales dirigidas a los teléfonos móviles, sea a través de llamadas telefónicas o el envío de mensajes de texto (SMS), lo que altera la vida diaria de las y los consumidores, generándoles molestia e incomodidad.
¿QUÉ DICE LA LEY”
La Ley del Consumidor permite a las empresas enviar comunicaciones publicitarias o promocionales a los consumidores, pero las personas tienen derecho a solicitar que dejen de hacerlo en el mismo acto.
La plataforma “No Molestar” del SERNAC facilita la gestión para que los consumidores sean eliminados de las bases de las empresas y evitar que continúen con el envío de spams.
Los usuarios pueden diferenciar el canal que desean bloquear, esto es, teléfono, mensaje de texto, WhatsApp o correo electrónico, dejando la posibilidad -por ejemplo- de no recibir llamadas telefónicas, pero sí mensajes promocionales a través de correos electrónicos.
Más allá de la plataforma “No Molestar” del SERNAC, las empresas deben disponer de un canal que permita a los consumidores solicitar que les dejen de enviar publicidad no deseada.
En caso que las empresas no respeten los derechos de las y los consumidores, el SERNAC puede denunciarlas ante la justicia, donde las empresas arriesgan multas de hasta 300 UTM, esto es, casi 19 millones de pesos.
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