El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó a José Daniel Galindez García a la pena de presidio perpetuo simple, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado, y al pago de las costas del juicio, en calidad de autor ejecutor del delito de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en junio de 2022 en el sector del humedal de la ciudad.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Óscar Huenchual Pizarro (presidente), Héctor Gutiérrez Massardo (redactor) y Sara Pizarro Grandón– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 28 de junio de 2022, “(…) Galíndez García se reunió con Diego Mendoza Montero, quien llegó en vehículo al lugar y, en la plaza que se encuentra ubicada en calle Diego Portales de esta comuna, se subieron al vehículo la víctima Eduar Fraceschi Hernández (Q.E.P.D.) y Junior López Salas, quienes se encontraban previamente concertados para dar muerte a la víctima. Acto seguido, en el vehículo se dirigieron hasta el humedal ubicado en el sector de Gallinazo, de esta comuna, lugar donde se bajaron los ocupantes del vehículo, entre ellos, la víctima”.
En dicho contexto: “En un instante el acusado Galíndez García extrajo un arma de fuego y actuando con alevosía, esto es, aprovechándose que en el lugar no había luminosidad le disparó en varias ocasiones a la víctima por la espalda, todo esto en presencia de Mendoza Montero y López Salas, quienes observaron y grabaron la acción. Una vez que la víctima cayó al piso herido, el acusado Galíndez García con un arma blanca agredió a la víctima en el sector del cuello mientras esta se encontraba moribunda. La víctima fallece por un paro cardiorespiratorio por insuficiencia cardiorespiratoria aguda debido a herida penetrante torácica por proyectil balístico, con perforación pulmonar y hemorragia intratorácica, y luego de esta acción los acusados se retiraron del lugar”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En la causa, Mendoza Montero y López Salas fueron condenados previamente, en procedimiento abreviado, a penas de 3 años y un día de presidio, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, como autores del delito consumado de homicidio simple.
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