En autos RIT: C-3382-2023 RUC: 23- 2-4228145-4, sobre Autorización de Salida del País, caratulados “CANAVIRI/ CACERES”, interpuesta por doña LAURA CANAVIRI MIRANDA, RUN 27.375.027-4, se ha ordenado notificar, conforme a lo
dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 27 de la Ley de Familia a don ADWER CACERES COPA, documento boliviano de identidad N° 4021519, la demanda de autorización de salida del país interpuesta en su contra acogida a tramitación, respecto de la que se solicitó autorización de salida del país, por ausencia del padre, de la menor Laura Elizabeth Cáceres Canaviri, RUN 27.885.766-2, solicitando a este tribunal conceder la autorización subsidiaria y declarar que la NNA antes individualizada podrá salir del país con destino a Perú y Bolivia, en compañía de su madre Laura Canaviri Miranda en distintas ocasiones, dentro de los dos años siguientes a la dictación de sentencia, siempre que se acredite que el otro progenitor, injustificadamente, ha dejado de cumplir el deber, regulado judicial o convencionalmente, de mantener una relación directa y regular con su hija; que, el plazo de permanencia de la menor de edad en el extranjero no podrá ser superior a quince días en cada ocasión; y que en el evento de no cumplirse cabalmente lo señalado en el presente permiso de salida del país, se configurará la causal de retención ilícita o secuestro internacional de menores, según señala el convenio de La Haya; o lo que S.S. estime pertinente, en razón del mérito de autos. Vengan las partes a audiencia preparatoria que se fija para el día 22 de mayo de 2024 a las 09.00 horas, sala N° 1, a la que deberán comparecer personalmente, sin perjuicio de la presencia de sus abogados y apoderados.
FRANCISCA HELMIG ZAPATA
Administrativa Jefe de Salas (S).
Ministro de Fe
Juzgado de Familia de Arica
Francisca Jose-belen Helmig Zapata
Secretario
PJUD
Diez de abril de dos mil veinticuatro
10:04 UTC-4