El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica dictó hoy –miércoles 4 de diciembre– veredicto condenatorio en contra del médico psiquiatra Ricardo Antonio Yévenes Ramírez, en calidad de autor del delito consumado de femicidio. El ilícito fue perpetrado en el valle de Azapa, en diciembre de 2022.
En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Eduardo Rodríguez Muñoz (presidente), Héctor Gutiérrez Massardo (redactor) y Jairo Martínez Cuadra– tras la deliberación de rigor, dio por establecido tanto la comisión del delito como la participación del facultativo en los hechos acreditados.

“(…) el acusado revela su autoría realizando diversas conductas anómalas o no esperable en un profesional de la salud, que determinan que la explicación dada en un principio de que el o los golpes que presentaba en su cara y cuerpo Fabiola Vargas, fueron producto de caídas y específicamente el 20 de diciembre en el baño, no resulte creíble”, releva el acta de deliberación
El dictamen agrega que: “(…) en el sitio del suceso se encontraron rastros de ello en los mismos audios que se reprodujeron relativos a los llamados efectuados por el acusado tanto a carabineros como el SAMU, hay contradicciones en el sentido que primero habla de una caída en el baño, luego de caídas para mencionar el porche de su casa, lo que necesariamente lleva a la conclusión de que el golpe determinante de la muerte solo es atribuible al acusado”.
Para el tribunal, en la especie: “(…) además, hay una serie de elementos que demuestran que sabiendo lo que potencialmente podría causar un golpe a la víctima, dado que estaba en conocimiento de sus patologías y, que estaba frente a una fractura que dice ser grave y puede ser fatal, la dejó dormir, lo que es una conducta impropia para un médico, lo que es contrario a las máximas de la experiencia, dado que cualquier persona incluso sin tener conocimientos médicos, la reacción normal es la de llevar a quien es su pareja a un centro asistencial independiente de su negativa, lo que demuestra su dolo de matar, al menos como un resultado posible. A ello se agrega, la conducta posterior relativa a preparar una explicación que lo mantuviera alejado de toda responsabilidad penal, como consta de los mismos llamados efectuados a carabineros y al SAMU”.
Tras la lectura de la deliberación, el tribunal acogió la solicitud del ente persecutor y ordenó la prisión preventiva de Yévenes Ramírez, quien se encontraba sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por juez Gutiérrez Massardo– quedó programada para las 13 horas del próximo viernes 20 de diciembre.