Corte Suprema desconoció unanimidad de Corte de Apelaciones de Arica.
JUSTICIA
Fue redactado el fallo de la Corte Suprema sobre la apelación presentada por organismos del Estado en contra del dictamen del fallo de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, en el caso de “Los Pumas”.
Rodrigo Medina Pavéz, de la Defensoría Aguas, Tierra y Familia, respecto al fallo de la Corte Suprema, manifestó que la redacción del fallo “establece que nuestra reclamación tiene que ser dirigida hacia los tribunales medioambientales que la institucionalidad recientemente constituyó (en nuestro caso, el Tribunal Medioambiental de Antofagasta), o dirigirnos al Consejo de Ministros de Estado (como ejemplo tenemos el caso de Hidroaysén).
En esta instancia existen ya más de 9 reclamaciones presentadas por organizaciones civiles de Arica y Parinacota”.
Agregó que “con este fallo, la Corte Suprema desconoce totalmente la garantía constitucional reclamada a través de nuestro recurso de protección, refiriéndose más que nada a una nueva fórmula de reclamación”.
Medina lamentó que en la redacción del fallo de la Suprema no se consideraran “ni el Convenio 169 ni los sólidos argumentos técnicos presentados y no se refiere en forma ninguna al fondo de este recurso que es la garantía constitucional de “vivir en un ambiente limpio y libre de contaminación”.
Los demandantes -Comité de Agua Potable Rural de Putre y Comunidad de Aguas Río Cubrimani (Putre)- confirmaron que no cesarán en su férrea resolución de eliminar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que se acaba de liberar “y pondremos todos nuestros esfuerzos en demostrar al Consejo de Ministros de Estado que este proyecto constituye una amenaza en contra de nuestros derechos constitucionales, al no contemplar medida alguna de mitigación en caso de contaminación de las aguas del río Lluta al operar en su cuenca, de la misma forma en que lo demostramos a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica, en un fallo ganado por unanimidad a nuestro favor”, dijo.