Las Isapres deben asumir el pago por los gastos de traslado para cumplimiento del acceso al plan Auge.
RAFA
Las Instituciones de Salud Previsional deberán asumir un costo que hasta ahora han esquivado: en caso de inexistencia o de insuficiencia de prestadores de la Red GES en la región del beneficiario y ante la designación de un prestador en una región del país distinta de aquélla, la Isapre estará obligada a financiar íntegramente los gastos del traslado del paciente que fueren necesarios para asegurar el otorgamiento de las prestaciones de salud garantizadas”.
Así lo informó Rafael Moreno, Agente Regional de la Superintendencia de Salud, refiriéndose a la Circular IF N° 247, donde el Organismo Fiscalizador finalmente reguló la situación que afectaba a los afiliados del sistema privado de salud en sus derechos de atenderse bajo el régimen de garantías.
Añadió que “el objetivo de esta medida es comenzar a marcar un nuevo hito con las Isapres al exigirles que se hagan cargo del traslado de un paciente, ya que de otro modo la garantía de acceso estipulada en el AUGE-GES se vuelve impracticable y eso no puede ocurrir”.
Esto viene a demostrar, agregó la autoridad, que esta nueva administración encabezada por el Superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, ha asumido un rol protagónico en la defensa de los derechos de las personas en salud”.
En relación a la nueva normativa, Rafael Moreno explicó que si bien las Isapres pueden presentar algún tipo de recurso “lo relevante es la determinación de la Superintendencia de Salud y los criterios que se han establecido frente a este tema”.
Las consultas o reclamos pueden realizarse en las dependencias de la Superintendencia de Salud, ubicadas en calle 18 de Septiembre N° 147, Arica; a través del sitio web www.supersalud.gob.cl, previo registro del usuario, o llamando al 600 836 9000.